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Tratamiento de la compra y venta de acciones con la nueva ley
Categoría: Impuestos directos estatalesLas ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de cualquier elemento de nuestro patrimonio, entre los que se incluye lógicamente nuestra cartera de valores, estrenan tratamiento con la nueva Ley.
Si durante el ejercicio 2007 he obtenido ganancias por la venta de acciones, siendo algunas de ellas consecuencia de compras y ventas realizadas en el mismo ejercicio y otras derivadas de compras realizadas en el años 2006 y anteriores, nos podriamos preguntar cuál es el tratamiento que hay que aplicar con la nueva Ley del impuesto.
Efectivamente, la Ley 35/2006, crea la Base imponible del ahorro donde se integran la totalidad de las rentas derivadas del capital mobiliario (intereses, dividendos y la casi totalidad de rendimientos del capital mobiliario) y las ganancias y pérdidas derivadas de ventas de nuestro patrimonio, pasando a tributar todas ellos a un tipo único del 18% sobre el rendimiento obtenido.
En el caso de las ganancias patrimoniales por venta de acciones, los beneficios obtenidos se integran en dicha base, con independencia de que dicha ganancia se haya obtenido en menos o más de un año, y tributando todas ellas al tipo del 18 %.