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Obligación de declarar cuando hay más de un pagador de rendimientos de trabajo personal

Respondiendo a Ignacio, que nos pregunta sobre la diferencia que hay entre tener 1 o 2 pagadores si sumando los dos no gana el mínimo por lo cual estaría obligado a realizar la declaración de la renta, conviene aclarar que es obligatorio realizar la declaración cuando tu sueldo bruto supere los 22.000 euros, pero cuando existe más de un pagador también es obligatorio declarar si la suma de sueldos brutos supera los 10.000 euros y siempre que el pagador segundo haya abonado más de 1.500 euros.

En este último caso, la deducción de los 400 euros se aplicaría al realizar la declaración del 2008, siempre que los pagadores no hubieran retenido nada o un importe inferior a 400 euros.

Si al hacerla, la cuota que sale a pagar es inferior a 400 euros, nos devolverían todas las retenciones practicadas, o 0 si éstas no existieran.

Por último, entiendo que un trabajador fijo discontinuo puede tener sólo una empresa pagadora, y lo que sucede es que el contrato se interrumpe cuando no hay trabajo. Esto sucede muy frecuentemente por ejemplo en las empresas conserveras, en las que los empleados sólo trabajan cuando se dispone de materia prima, sin que pierdan en ningún momento la condición de fijos, y al final del ejercicio sólo reciban un certificado salarial suma de todas las retribuciones percibidas a lo largo del año.

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